Resumen Ejecutivo de La Nueva Ley contra la Extorsión y Sicariato en el Transporte Público y Transporte de Mercancías
BLINSEGUR
28/01/2025
20:34
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RESUMEN EJECUTIVO – LEY N.° 32490
«Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías”
Publicada: 3 de noviembre de 2025 – El Peruano.
Ámbito: Nacional.
Carácter: Medidas extraordinarias, de aplicación inmediata e interinstitucional.
1. OBJETIVO GENERAL
Fortalecer la prevención, respuesta y recuperación frente a los delitos de extorsión y sicariato en el transporte público y de carga, asegurando la continuidad del servicio, la protección de víctimas y la reactivación económica de las empresas afectadas.
2. ENTIDADES RESPONSABLES Y FUNCIONES ESPECÍFICAS
Ministerio del Interior (MININTER)
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- Lidera la implementación general de la ley y coordina el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES).
- Supervisará operaciones de inteligencia, intervención inmediata y articulación con gobiernos regionales y locales.
- Garantiza la respuesta policial inmediata mediante patrullaje especializado y centros C5i (Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Ciberdefensa e Inteligencia).
- Administra el Observatorio Nacional de Extorsión y Sicariato para analizar tendencias y apoyar políticas públicas.
Policía Nacional del Perú (PNP)
-
- Eje operativo de respuesta táctica.
- Implementa vigilancia, monitoreo y patrullaje focalizado.
- Elabora mapas de riesgo y georreferenciación de zonas críticas de extorsión y sicariato.
- Ejecuta programas de protección a víctimas, con resguardo a conductores, empresarios, pasajeros y familiares.
- Ejecuta programas de protección a víctimas, con resguardo a conductores, empresarios, pasajeros y familiares.
Ministerio Público (Fiscalía de la Nación)
-
- Crea fiscalías especializadas en extorsión y sicariato.
- Dirige investigaciones conjuntas con la PNP e inteligencia financiera.
- Coordina con el Poder Judicial para agilizar medidas de intervención y extinción de dominio.
Poder Judicial
-
- Aplica medidas judiciales de incautación, pérdida de dominio y protección de víctimas.
- Crea órganos jurisdiccionales especializados en extinción de dominio vinculada a extorsión y sicariato.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)
-
- Certifica rutas seguras, terminales, paraderos y buses con sistemas de videovigilancia.
- Diseña planes de continuidad del servicio ante bloqueos o ataques criminales.
- Desarrolla un sistema de alerta comunicacional para evitar pánico ciudadano y controlar la difusión de información falsa.
- Implementa el programa Ruta Segura Restablecida para la recuperación del servicio y la infraestructura afectada.
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
-
- Financiamiento total de las medidas de prevención, respuesta y recuperación.
- Crea fondos de garantía estatal y líneas de crédito blando y temporal para empresas formales afectadas por extorsión o sicariato.
- Supervisa la asignación de recursos recuperados por extinción de dominio.
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú)
-
- Detecta y reporta operaciones sospechosas relacionadas con extorsión, cupos, pagos ilícitos o transferencias vinculadas a crimen organizado.
- Emite informes que sirven como base para la intervención financiera y judicial.
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)
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- Obliga a entidades financieras a monitorear pagos sospechosos bajo conceptos como “seguridad”, “colaboración”, “vacuna”, etc.
- Coordina con la UIF-Perú para bloquear transacciones o cuentas usadas para extorsión.
3. Componentes Operativos de la Ley
A. Prevención y Preparación
-
- Monitoreo financiero y control de flujos sospechosos.
- Instalación de cámaras, botones de pánico y certificación de rutas seguras.
- Creación de mapas de riesgo actualizados cada 30 días.
- Capacitación obligatoria a gerentes, conductores y cobradores para fomentar la cultura de denuncia.
B. Respuesta y Atención Inmediata
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- Acciones policiales y fiscales coordinadas, con protocolos de intervención rápida.
- Comunicación controlada para evitar pánico o desinformación.
- Protección integral de víctimas (asistencia, resguardo, apoyo psicológico).
- Continuidad operativa mediante rutas alternas temporales en 72 horas.
C. Reactivación y Recuperación
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- Créditos blandos a empresas afectadas.
- Devolución de bienes incautados una vez confirmada su procedencia legítima.
- Compensaciones económicas y seguros estatales por pérdidas humanas o materiales.
- Reinserción laboral y apoyo psicológico a trabajadores afectados.
- Financiamiento de infraestructura afectada mediante el programa Ruta Segura Restablecida.
4. Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES)
Puntos destacados:
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- Integrado por: PNP, Ministerio Público y Poder Judicial.
- Actúa como Fuerza de Tarea Especial Nacional bajo mando del MININTER.
Funciones:
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- Realizar investigaciones conjuntas y coordinadas.
- Intercambiar inteligencia financiera, forense y digital.
- Implementar cooperación internacional y tecnológica.
- Ejecutar intervenciones inmediatas con respaldo legal.
5. Extinción de Dominio
Se declara la pérdida de dominio a favor del Estado de:
-
- Cuentas bancarias, billeteras digitales o instrumentos financieros usados directa o indirectamente para extorsión o sicariato.
Los bienes recuperados serán destinados a:
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- Reparación de víctimas.
- Protección de unidades de transporte amenazadas.
- Fortalecimiento del sistema de seguridad y observatorios criminales.
Financiamiento:
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) garantiza el financiamiento integral para la aplicación de la ley y coordina la ejecución presupuestal con los sectores involucrados.
🧠 Conclusión Técnica
La Ley N.º 32490 consolida un modelo de seguridad integral basado en inteligencia, control financiero, reacción interinstitucional y apoyo económico.
Su aplicación fortalecerá la capacidad preventiva del Estado, la trazabilidad de flujos ilícitos y la protección operativa del transporte público, uno de los sectores más vulnerables al crimen organizado.
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