Resumen Ejecutivo de La Nueva Ley contra la Extorsión y Sicariato en el Transporte Público y Transporte de Mercancías

BLINSEGUR

28/01/2025

20:34

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RESUMEN EJECUTIVO – LEY N.° 32490

«Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías”

Publicada: 3 de noviembre de 2025 – El Peruano.

Ámbito: Nacional.

Carácter: Medidas extraordinarias, de aplicación inmediata e interinstitucional.

 1. OBJETIVO GENERAL 

Fortalecer la prevención, respuesta y recuperación frente a los delitos de extorsión y sicariato en el transporte público y de carga, asegurando la continuidad del servicio, la protección de víctimas y la reactivación económica de las empresas afectadas.

 2. ENTIDADES RESPONSABLES Y FUNCIONES ESPECÍFICAS

Ministerio del Interior (MININTER)

    • Lidera la implementación general de la ley y coordina el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES).
    • Supervisará operaciones de inteligencia, intervención inmediata y articulación con gobiernos regionales y locales.
    • Garantiza la respuesta policial inmediata mediante patrullaje especializado y centros C5i (Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Ciberdefensa e Inteligencia).
    • Administra el Observatorio Nacional de Extorsión y Sicariato para analizar tendencias y apoyar políticas públicas.

Policía Nacional del Perú (PNP)

    • Eje operativo de respuesta táctica.
    • Implementa vigilancia, monitoreo y patrullaje focalizado.
    • Elabora mapas de riesgo y georreferenciación de zonas críticas de extorsión y sicariato.
    • Ejecuta programas de protección a víctimas, con resguardo a conductores, empresarios, pasajeros y familiares.
    • Ejecuta programas de protección a víctimas, con resguardo a conductores, empresarios, pasajeros y familiares.

Ministerio Público (Fiscalía de la Nación)

    • Crea fiscalías especializadas en extorsión y sicariato.
    • Dirige investigaciones conjuntas con la PNP e inteligencia financiera.
    • Coordina con el Poder Judicial para agilizar medidas de intervención y extinción de dominio.

Poder Judicial

    • Aplica medidas judiciales de incautación, pérdida de dominio y protección de víctimas.
    • Crea órganos jurisdiccionales especializados en extinción de dominio vinculada a extorsión y sicariato.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

    • Certifica rutas seguras, terminales, paraderos y buses con sistemas de videovigilancia.
    • Diseña planes de continuidad del servicio ante bloqueos o ataques criminales.
    • Desarrolla un sistema de alerta comunicacional para evitar pánico ciudadano y controlar la difusión de información falsa.
    • Implementa el programa Ruta Segura Restablecida para la recuperación del servicio y la infraestructura afectada.

Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)

    • Financiamiento total de las medidas de prevención, respuesta y recuperación.
    • Crea fondos de garantía estatal y líneas de crédito blando y temporal para empresas formales afectadas por extorsión o sicariato.
    • Supervisa la asignación de recursos recuperados por extinción de dominio.

Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú)

    • Detecta y reporta operaciones sospechosas relacionadas con extorsión, cupos, pagos ilícitos o transferencias vinculadas a crimen organizado.
    • Emite informes que sirven como base para la intervención financiera y judicial.

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)

    • Obliga a entidades financieras a monitorear pagos sospechosos bajo conceptos como “seguridad”, “colaboración”, “vacuna”, etc.
    • Coordina con la UIF-Perú para bloquear transacciones o cuentas usadas para extorsión.

 3. Componentes Operativos de la Ley

A. Prevención y Preparación

    • Monitoreo financiero y control de flujos sospechosos.
    • Instalación de cámaras, botones de pánico y certificación de rutas seguras.
    • Creación de mapas de riesgo actualizados cada 30 días.
    • Capacitación obligatoria a gerentes, conductores y cobradores para fomentar la cultura de denuncia.

B. Respuesta y Atención Inmediata

    • Acciones policiales y fiscales coordinadas, con protocolos de intervención rápida.
    • Comunicación controlada para evitar pánico o desinformación.
    • Protección integral de víctimas (asistencia, resguardo, apoyo psicológico).
    • Continuidad operativa mediante rutas alternas temporales en 72 horas.

C. Reactivación y Recuperación

    • Créditos blandos a empresas afectadas.
    • Devolución de bienes incautados una vez confirmada su procedencia legítima.
    • Compensaciones económicas y seguros estatales por pérdidas humanas o materiales.
    • Reinserción laboral y apoyo psicológico a trabajadores afectados.
    • Financiamiento de infraestructura afectada mediante el programa Ruta Segura Restablecida.

 4. Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES) 

Puntos destacados:

    • Integrado por: PNP, Ministerio Público y Poder Judicial.
    • Actúa como Fuerza de Tarea Especial Nacional bajo mando del MININTER.

Funciones:

    • Realizar investigaciones conjuntas y coordinadas.
    • Intercambiar inteligencia financiera, forense y digital.
    • Implementar cooperación internacional y tecnológica.
    • Ejecutar intervenciones inmediatas con respaldo legal.

 5. Extinción de Dominio

Se declara la pérdida de dominio a favor del Estado de:

    • Cuentas bancarias, billeteras digitales o instrumentos financieros usados directa o indirectamente para extorsión o sicariato.

Los bienes recuperados serán destinados a:

    • Reparación de víctimas.
    • Protección de unidades de transporte amenazadas.
    • Fortalecimiento del sistema de seguridad y observatorios criminales.

Financiamiento:

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) garantiza el financiamiento integral para la aplicación de la ley y coordina la ejecución presupuestal con los sectores involucrados.

🧠 Conclusión Técnica

La Ley N.º 32490 consolida un modelo de seguridad integral basado en inteligencia, control financiero, reacción interinstitucional y apoyo económico.
Su aplicación fortalecerá la capacidad preventiva del Estado, la trazabilidad de flujos ilícitos y la protección operativa del transporte público, uno de los sectores más vulnerables al crimen organizado.

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